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Congreso aprueba octavo retiro de pensiones: qué falta para promulgar la ley

  • owenvalencia20
  • 19 sept
  • 2 Min. de lectura
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Desde el 5 de noviembre podría iniciar el octavo retiro de los fondos de pensiones administrados por las AFP, conforme a la aprobación reciente del Congreso. La iniciativa recibió aprobación en dos etapas: primero, por la Comisión de Economía; luego, en la sesión plenaria de la noche, con una mayoría absoluta de 116 votos a favor. El siguiente paso es la promulgación por parte del Ejecutivo para poner en marcha un retiro de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 21,400 soles.


El profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, detalló que el primer retiro, equivalente a una UIT (5,350 soles), podría materializarse el 5 de noviembre. Esta estimación se basa en los plazos observados en retiros anteriores y en la posición favorable que ha mostrado el Ejecutivo en los últimos días. Según Carrillo Acosta, el procedimiento operativo deberá ser publicado por la SBS el 29 de septiembre, con un plazo inicial de 30 días calendario para habilitar las solicitudes de retiro, lo que implicaría que las solicitudes podrían abrirse alrededor del 6 de octubre de 2025.


Una vez iniciado el proceso, las AFP tendrían un periodo razonable para asegurar la disponibilidad de efectivo. En cuanto a los siguientes retiros, Carrillo Acosta indicó que el segundo podría comenzar 30 días después del primero, es decir, el 5 de diciembre. Los retiros tercero y cuarto están previstos para el 4 de enero de 2026 y el 3 de febrero de 2026, respectivamente.


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El octavo retiro ha estado envuelto en deliberaciones del Ejecutivo, con cambios de postura visibles: el ministro de Economía, Raúl Pérez-Reyes, dejó entrever una retirada de su posición inicial en diferentes momentos. En la actualidad, las AFP gestionan un fondo de pensiones superior a los 107,000 millones de soles, y se estima que podrían retirarse alrededor de 31,600 millones de soles en este octavo proceso.


La fecha exacta de cada fase dependerá de la promulgación de la ley y de los plazos que establezca la SBS para la implementación operativa. El panorama completo dependerá, además, de la capacidad de las AFP para garantizar liquidez y de la respuesta de los ahorradores ante cada ventana de retiro.

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