Nueva ley en Perú facilita transferencias sin gastos en boletos de avión antes de 24 horas.
- owenvalencia20
- 2 may
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En un paso importante para fortalecer los derechos de los pasajeros, el Congreso de la República aprobó por insistencia una ley que facilita la transferencia de boletos de avión sin costo adicional, siempre que esta operación se realice con al menos 24 horas de antelación. La medida busca ofrecer mayor flexibilidad en la gestión de viajes y garantizar un trato más justo por parte de las empresas aéreas.
La iniciativa, respaldada con una votación unánime de 100 a favor y una sola abstención, modifica los artículos 101 y 125 de la Ley de Aeronáutica Civil, permitiendo a los pasajeros transferir sus boletos a otra persona bajo las mismas condiciones del contrato original. “El endoso genera la emisión de un nuevo billete a nombre del endosatario y su emisión es gratuita”, afirmó la norma aprobada, sentando un precedente en la protección del consumidor.
Uno de los aspectos destacados de la ley es la obligación de las aerolíneas de habilitar canales digitales para facilitar estos cambios, eliminando la necesidad de acudir físicamente a las oficinas y simplificando el proceso. Además, la norma establece que las aerolíneas deben emitir un nuevo pasaje a nombre del beneficiario sin cobrar un cargo adicional, siempre que el trámite se realice en el plazo establecido y mediante plataformas electrónicas.
El debate en el Congreso fue claro en cuanto a los beneficios de esta normativa. La Comisión de Transportes y Comunicaciones defendió el principio de que la ley no contraviene ninguna norma constitucional ni genera gastos extras para el Estado. La presidenta de dicha comisión, Marleny Portero, afirmó que “la norma busca mejorar la relación entre los ciudadanos y las empresas aéreas, regulando aspectos esenciales del servicio y garantizando condiciones de atención más justas”.

Por otro lado, las empresas aéreas deberán acatar la ley sin excusas. En caso de rechazo injustificado a realizar el endoso, la ley prevé sanciones por parte de la autoridad aeronáutica, exceptuando situaciones justificadas por causas de fuerza mayor. La norma también contempla un mecanismo de fiscalización para garantizar el cumplimiento de esta nueva obligación.
El origen de esta iniciativa se encuentra en el Proyecto de Ley 5562/2022-CR, que no requiere una segunda votación al tratarse de una insistencia legislativa, tras las observaciones del Poder Ejecutivo. La ley será promulgada en las próximas semanas por el presidente del Congreso y publicada en el Diario Oficial El Peruano, entrando en vigor de inmediato. Desde ese momento, las aerolíneas deberán adaptar sus procedimientos para ofrecer esta opción sin coste a sus pasajeros.
Este cambio apunta a responder a una demanda creciente por mayor flexibilidad en los viajes aéreos, especialmente ante cambios imprevistos o emergencias personales. La norma refuerza los derechos de los consumidores y establece mecanismos claros y sencillos para gestionar transferencias, promoviendo una mayor protección y transparencia en el transporte aéreo peruano.




