Gobierno aprueba reglamento de la APCI para supervisar cooperación internacional en el Perú

El Ministerio de Relaciones Exteriores informó este domingo la entrada en vigor del reglamento de la Ley N.° 27692, que crea la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). El Decreto Supremo N.° 032-2025-RE oficializa este reglamento, cuya publicación se produce tras las modificaciones introducidas por la Ley N.° 32301, aprobada en marzo del presente año. Dicha normativa establecía un plazo máximo de 90 días para su reglamentación.
El reglamento, compuesto por un título preliminar, siete títulos y 29 artículos, además de disposiciones complementarias, establece los mecanismos para fortalecer la transparencia en la administración de los recursos de cooperación internacional, con un énfasis claro en el desarrollo sostenible y en priorizar a los sectores más vulnerables del país. Su aplicación es obligatoria para todas las entidades públicas y privadas que gestionen o ejecuten Cooperación Técnica Internacional (CTI).
Entre las funciones centrales de la APCI, destaca la supervisión y fiscalización del correcto uso y destino de los recursos procedentes del exterior, así como de los contratos y actos jurídicos vinculados a la CTI. En ese marco, la agencia gestionará registros electrónicos de inscripción obligatoria y automática que abarcan distintos actores de la cooperación:
Registro de ONGD nacionales receptoras de CTI;
Registro de ENIEX (entidades extranjeras de cooperación);
Registro de IPREDA (instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones asistenciales o educativas);
Registro de expertos y voluntarios, con incorporación de la variable étnica.
La normativa también especifica que la información en estos registros debe actualizarse de manera obligatoria y que la documentación presentada por las entidades estará sujeta a fiscalización posterior. Además, el reglamento prevé una supervisión conjunta con otros organismos del Estado para reforzar la vigilancia de las organizaciones nacionales y extranjeras que reciben cooperación internacional.
En ese sentido, la APCI coordinará con la SUNAT y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-SBS) para fortalecer la supervisión y garantizar un uso transparente y eficiente de los recursos. La medida busca cerrar brechas en la fiscalización de la cooperación internacional y asegurar que las donaciones y fondos externos se destinen efectivamente a proyectos de desarrollo.
El Ejecutivo sostiene que la nueva regulación permitirá una trazabilidad más robusta de cada aporte, minimizando riesgos de desvío y fomentando la rendición de cuentas ante la ciudadanía y los organismos de control. Expertos en cooperación internacional señalan que la APCI podría convertirse en un marco unificador para la gestión de recursos externos, reduciendo duplicidades y promoviendo la coordinación entre niveles de gobierno y actores no estatales.

Sin embargo, distintos observadores advierten que la implementación efectiva dependerá de la capacidad operativa de la APCI para gestionar los registros, mantener actualizados los datos y garantizar la interoperabilidad con SUNAT, UIF-SBS y otras entidades. En ese contexto, la responsabilidad recae no solo en la creación de un marco normativo sólido, sino en la ejecución ágil de procesos, auditorías periódicas y una comunicación transparente con la sociedad.
Este reglamento representa un intento claro del Ejecutivo por fortalecer la fiscalización y la gestión de la cooperación internacional en el Perú, con miras a asegurar que los recursos provenientes del exterior se traduzcan en proyectos de desarrollo concretos y de impacto para las poblaciones más vulnerables.




