Gobierno aprueba reglamento de la APCI para supervisar cooperación internacional en el Perú
- owenvalencia20
- 14 sept 2025
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El Ministerio de Relaciones Exteriores informó este domingo la entrada en vigor del reglamento de la Ley N.° 27692, que crea la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). El Decreto Supremo N.° 032-2025-RE oficializa este reglamento, cuya publicación se produce tras las modificaciones introducidas por la Ley N.° 32301, aprobada en marzo del presente año. Dicha normativa establecía un plazo máximo de 90 días para su reglamentación.
El reglamento, compuesto por un título preliminar, siete títulos y 29 artículos, además de disposiciones complementarias, establece los mecanismos para fortalecer la transparencia en la administración de los recursos de cooperación internacional, con un énfasis claro en el desarrollo sostenible y en priorizar a los sectores más vulnerables del país. Su aplicación es obligatoria para todas las entidades públicas y privadas que gestionen o ejecuten Cooperación Técnica Internacional (CTI).
Entre las funciones centrales de la APCI, destaca la supervisión y fiscalización del correcto uso y destino de los recursos procedentes del exterior, así como de los contratos y actos jurídicos vinculados a la CTI. En ese marco, la agencia gestionará registros electrónicos de inscripción obligatoria y automática que abarcan distintos actores de la cooperación:
Registro de ONGD nacionales receptoras de CTI;
Registro de ENIEX (entidades extranjeras de cooperación);
Registro de IPREDA (instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones asistenciales o educativas);
Registro de expertos y voluntarios, con incorporación de la variable étnica.
La normativa también especifica que la información en estos registros debe actualizarse de manera obligatoria y que la documentación presentada por las entidades estará sujeta a fiscalización posterior. Además, el reglamento prevé una supervisión conjunta con otros organismos del Estado para reforzar la vigilancia de las organizaciones nacionales y extranjeras que reciben cooperación internacional.
En ese sentido, la APCI coordinará con la SUNAT y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-SBS) para fortalecer la supervisión y garantizar un uso transparente y eficiente de los recursos. La medida busca cerrar brechas en la fiscalización de la cooperación internacional y asegurar que las donaciones y fondos externos se destinen efectivamente a proyectos de desarrollo.
El Ejecutivo sostiene que la nueva regulación permitirá una trazabilidad más robusta de cada aporte, minimizando riesgos de desvío y fomentando la rendición de cuentas ante la ciudadanía y los organismos de control. Expertos en cooperación internacional señalan que la APCI podría convertirse en un marco unificador para la gestión de recursos externos, reduciendo duplicidades y promoviendo la coordinación entre niveles de gobierno y actores no estatales.

Sin embargo, distintos observadores advierten que la implementación efectiva dependerá de la capacidad operativa de la APCI para gestionar los registros, mantener actualizados los datos y garantizar la interoperabilidad con SUNAT, UIF-SBS y otras entidades. En ese contexto, la responsabilidad recae no solo en la creación de un marco normativo sólido, sino en la ejecución ágil de procesos, auditorías periódicas y una comunicación transparente con la sociedad.
Este reglamento representa un intento claro del Ejecutivo por fortalecer la fiscalización y la gestión de la cooperación internacional en el Perú, con miras a asegurar que los recursos provenientes del exterior se traduzcan en proyectos de desarrollo concretos y de impacto para las poblaciones más vulnerables.




