Urresti seguirá en cárcel: tribunal afirma que la Ley 32107 no aplica en su caso
- owenvalencia20
- 20 nov.
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En un fallo relevante para la jurisprudencia penal de alto impacto, el Juzgado Penal Supraprovincial Liquidador Transitorio decidió mantener a Daniel Urresti en prisión y no conceder su excarcelación. Urresti, exministro y condenado por el asesinato del periodista Hugo Bustíos y por la tentativa de asesinato contra Eduardo Rojas, había solicitado que se apliquen en su proceso los alcances de la Ley 32107, la llamada Ley de Amnistía.
Los hechos que sustentan el caso se remontan a noviembre de 1988, cuando en Huanta se produjo el crimen atribuido al exmilitar. En aquella época, Urresti fue identificado públicamente como “capitán Arturo” y señalado como uno de los ejecutores de la muerte de Bustíos, periodista de investigación que había denunciado abusos y actos de violencia durante ese periodo convulsionado del país.
La discusión central giró en torno a si corresponde aplicar una figura jurídica que, en su interpretación, podría facilitar la impunidad de delitos de lesa humanidad cometidos en años anteriores a 2002. El fiscal a cargo del caso, Carlos Palomino, sostuvo que la Constitución y el derecho internacional condenan la idea de que crímenes de esa naturaleza prescriban o queden exonerados por alguna vía. En su argumento, subrayó que la verdad y la justicia no deben quedar desdibujadas por atajos normativos que podrían vulnerar principios fundamentales.

Por su parte, Urresti buscó que la norma de amnistía tuviese efecto en el expediente para obtener una salida procesal que lo eximiera de la cárcel. Sin embargo, el tribunal, al aplicar lo que se conoce como control difuso, evaluó el marco constitucional y las obligaciones internacionales, y decidió no aplicar la mencionada Ley de Amnistía. El resultado es que el proceso continúa con el soporte de las disposiciones vigentes que rigen los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.
La condena inicial, emitida en abril de 2023, mantiene a Urresti en prisión por doce años, penalidad que se mantiene en curso mientras se analizan posibles recursos y futuras etapas procesales. Este fallo se da en un contexto en el que la jurisprudencia peruana está bajo el escrutinio público por decisiones relacionadas con crímenes de lesa humanidad y la aplicación de leyes especiales, con implicaciones para casos afines y para las víctimas y sus familias.




