¿Trabajas el 1 de mayo? Descubre cuánto te deben pagar por el feriado largo
- owenvalencia20
- hace 1 minuto
- 2 Min. de lectura

Se acerca una de las fechas más importantes para los trabajadores en Perú y muchas partes del mundo: el Día Internacional del Trabajo. Mientras algunos disfrutan de un merecido descanso, otros deberán cumplir con su jornada laboral, generando dudas sobre cuánto deben pagarles en esas circunstancias. La respuesta depende de si ese día, 1 de mayo, es considerado feriado no laborable y de si el trabajador realiza labores ese día.
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), el 1 de mayo es un feriado nacional y no laborable, tanto para los empleados públicos como para los del sector privado, en cumplimiento del artículo 6 del Decreto Legislativo 713. Sin embargo, la legislación establece protocolos claros para quienes trabajan en esa fecha. Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, explica que, en estos casos, el trabajador que labore ese día y no tenga un descanso compensatorio tiene derecho a recibir un pago que se llama "de triple remuneración". Este monto comprende:
La remuneración habitual por ese día.
Un pago adicional por laborar en día feriado.
Una sobretasa del 100 % sobre esa remuneración adicional, es decir, el doble del pago por trabajar en un día feriado.
Por ejemplo, si un trabajador recibe 100 soles diarios, y trabaja el 1 de mayo sin descanso compensatorio, debe recibir: 100 soles por su salario, otros 100 soles por trabajar en feriado, y 100 soles más por la sobretasa, totalizando 300 soles solo por esa jornada.
¿Qué pasa si el feriado coincide con el día habitual de descanso semanal del trabajador? En ese caso, y si no se le otorga un descanso sustitutorio en otra fecha, el trabajador tendrá derecho a recibir el equivalente a cuatro días de sueldo: en el ejemplo mencionado, 400 soles.

¿Y qué sucede con el viernes 2 de mayo?, que ha sido declarado día no laborable para el sector público por el Decreto Supremo 042-2025-PCM? La decisión para los trabajadores del sector privado será acordada entre empleador y trabajador. Si no hay acuerdo, la elección recae en la empresa. Además, las empresas que brindan servicios esenciales —como salud, energía, telecomunicaciones, transporte, seguridad y otros— podrán definir qué trabajadores laborarán ese día para mantener el servicio.
Por lo tanto, mientras algunos gozarán del feriado largo, otros deben prepararse para cumplir en estas fechas, dependiendo del sector y las decisiones que tomen los empleadores o las autoridades. Lo importante es estar informado para conocer tus derechos y saber cómo se calcula tu pago en estas fechas especiales.