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Nuevas reglas para nombramientos: Senado aprobará y podrá remover a los principales funcionarios

  • owenvalencia20
  • 17 nov.
  • 3 Min. de lectura

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El Congreso de la República sostendrá una nueva etapa en su estructura institucional tras la siguiente gran reforma: la composición bicameral volverá a regirse por el Senado y la Cámara de Diputados tras las Elecciones Generales de 2026. En ese marco, el reglamento recientemente oficializado para el Senado delimita con precisión las competencias relativas a la elección, designación, ratificación y remoción de altos funcionarios del Estado, funciones que marcarán los próximos años de la vida pública.


El nuevo entramado institucional otorga a los 60 senadores prerrogativas significativas en materia de nombramientos y supervisión. En primer lugar, la Comisión de Procedimientos Especiales, órgano parlametario que funciona como filtro, se encargará de desarrollar e instruir los procedimientos de selección antes de ser presentados al Pleno para su aprobación.


Entre los cargos de mayor relevancia destacan la elección de magistrados del Tribunal Constitucional (TC), la designación de los titulares de la Defensoría del Pueblo y de la Contraloría General, y la ratificación de la designación del presidente del Banco Central de Reserva (BCR) junto con la escogencia de tres directores de esa entidad, cargo que también podrá ser removido si fuera necesario. De igual modo, el Senado tendrá capacidad para remover a estos directivos y para tomar decisiones sobre los magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).


El reglamento también contempla la creación de dos comisiones permanentes dentro del órgano: una Comisión de Ética Parlamentaria y una Comisión de Inteligencia, que formarán parte de la estructura de apoyo para los procesos de nombramiento y para la supervisión de conductas y procedimientos.


Para el constitucionalista Aníbal Quiroga, ciertas funciones no son inéditas, ya que, en la configuración actual, el Congreso unicameral ya cuenta con una Comisión Permanente que realiza funciones cercanas, como la elección del contralor y la evaluación de acusaciones constitucionales. Según datos de la Oficina Nacional de Proceso Electoral (ONPE), la distribución de escaños para el Senado mantendrá una lógica mixta: 30 senadores serán elegidos por Distrito Electoral Único Nacional, y el resto lo serán por el Distrito Electoral Múltiple en 27 circunscripciones. Esta distribución, afirma Quiroga, “se elegirá a la mitad por departamentos y a la otra mitad en todo el país”—una codificación de representación que, en su lectura, podría facilitar consensos en la toma de decisiones especialmente sensibles como la designación de magistrados del TC.

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Quienes observan el fenómeno desde la academia señalan que no es tanto una cuestión de aumentar poderes, sino de redistribuirlos en una cámara más pequeña. Lucas Ghersi, constitucionalista, subraya que la creación de un Senado con mayor eficiencia para nombramientos trascendentes no implica entregar más facultades de las que ya posee el Legislativo; es una reconfiguración que, en teoría, podría acortar tiempos y ampliar el debate. “La rapidez en la toma de decisiones no debe leerse como un aumento de poder; es una reorientación de facultades entre cámaras para evitar demoras que han dejado cargos interinos y han perjudicado la institucionalidad”, afirmó Ghersi en su conversación con este diario.


El nuevo marco para el Senado plantea un equilibrio entre velocidad y escrutinio. La clave, como señalan los juristas, estará en la calidad de la deliberación pública y en la capacidad de los ciudadanos de ejercer un voto informado que exija a los futuros senadores no solo rapidez, sino también responsabilidad y transparencia en la selección de altos cargos. El reto será convertir el poder de designación en un mecanismo de fortalecimiento institucional, no en un mero procedimiento técnico.

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