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Neutralidad parlamentaria: el Congreso regula la actividad política de sus miembros

  • owenvalencia20
  • 11 sept
  • 3 Min. de lectura

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El Congreso de la República ha oficializado un nuevo marco para la conducta política de sus representantes. A través de la Resolución Legislativa 001-2025-2026-CR, publicada en la sección de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se incorpora un nuevo artículo, el 25-A, al Reglamento del Parlamento. Con ello, se delimitan con claridad las fronteras entre la libertad de expresión política de los parlamentarios y la necesidad de mantener un funcionamiento institucional ordenado.


La norma, que lleva la firma del presidente del Congreso, José Jerí Oré, y del primer vicepresidente, Fernando Rospigliosi Capurro, establece que los congresistas pueden expresar, defender y promover posiciones ideológicas, programáticas y partidarias sin que ello constituya una infracción al deber de imparcialidad o neutralidad. En la exposición de motivos, se subraya que se reconoce “el derecho de los legisladores a mantener una actividad política dentro del marco de su representación”.


Sin embargo, el texto aclara de forma tajante que esta facultad no habilita a realizar actividades de proselitismo político durante las horas de sesiones de comisiones en las que sean miembros ni en el Pleno del Congreso. En caso de darse este escenario, se establece la necesidad de solicitar una licencia sin goce de haber. Este elemento funciona como un mecanismo de regulación para evitar interferencias en el debate parlamentario y garantizar que las deliberaciones continúen con un enfoque estrictamente legislativo.


Las autoridades señalan que la incorporación del 25-A busca un equilibrio entre dos dimensiones: por un lado, el derecho de los parlamentarios a participar políticamente dentro de su marco representativo; por otro, la obligación de mantener un funcionamiento institucional ordenado. En este sentido, la norma busca evitar que la actividad partidaria se desplace hacia los espacios de discusión legislativa, preservando la integridad de los procesos deliberativos.


De cara a la práctica diaria, la norma establece restricciones claras. Los parlamentarios podrán expresar ideas y defender posturas políticas, pero deben evitar que sus intervenciones en sesiones y comisiones se conviertan en actos de proselitismo. La licencia sin goce de haberes aparece como la vía institucional para aquellos casos en que un legislador decida dedicarse a actividades de carácter proselitista mientras ejerce sus funciones, fuera de las horas o en escenarios donde no esté permitido.


Analistas consultados señalan que la medida “refuerza el marco normativo” para regular la conducta de los miembros del Parlamento, procurando respetar la libertad de expresión política de cada congresista sin sacrificar la calidad y la neutralidad de las deliberaciones. En paralelo, la disposición busca reforzar la confianza ciudadana en las instituciones, al dejar claro que la actividad legislativa debe primar por encima de las estrategias partidarias en las sesiones.


La oficialización de la norma en El Peruano garantiza su entrada en vigencia inmediata. Con ello, el Congreso ratifica su capacidad regulatoria para delinear límites y responsabilidades en la conducta de sus propios miembros. Desde el punto de vista institucional, el principio de neutralidad busca clarificar el marco de actuación ante el dinamismo político de la región y el papel central de las sesiones legislativas como espacio de deliberación y toma de decisiones, por encima de intereses partidarios.

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El artículo 25-A se presenta como un marco normativo vigente que busca equilibrar derechos políticos individuales y la necesidad de mantener la neutralidad institucional dentro del Congreso. A partir de ahora, la interacción entre la labor parlamentaria y las actividades políticas externas quedará sujeta a reglas más explícitas, con mecanismos de control para evitar desviaciones del propósito legislativo.


El cambio llega en un momento en el que la atención pública se centra en la transparencia y la responsabilidad de los representantes. La norma no sólo establece límites, sino que también reconoce el derecho de los parlamentarios a participar políticamente, siempre que lo hagan dentro de los márgenes establecidos y sin perjudicar la eficiencia y la imparcialidad de la labor legislativa.

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