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Impedimento de salida por 18 meses para Kuczynski: la justicia avanza en el caso de lavado de activos.

  • owenvalencia20
  • 23 ago
  • 2 Min. de lectura
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En una decisión que reitera la trayectoria judicial que rodea al expresidente Pedro Pablo Kuczynski, la Tercera Sala Penal Nacional del Poder Judicial confirmó el impedimento de salida del país por 18 meses contra el exmandatario, en el marco de la investigación por presuntos delitos de lavado de activos, asociación ilícita, falsa declaración y fraude procesal vinculados a aportes irregulares del partido Peruanos por el Kambio, que acompañó su candidatura en 2016.


La confirmación de la resolución, difundida a través de un comunicado oficial, señala que la Tercera Sala Penal Nacional ratificó la medida de impedimento de salida del país por 18 meses para PPK. Este paso judicial se inscribe en un proceso en el que el exmandatario es objeto de investigación por posibles irregularidades financieras relacionadas con la financiación de su campaña y la transparencia de sus actos.


El antecedente inmediato se remonta al 8 de junio, cuando la jueza Margarita Salcedo del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional había dispuesto previamente un impedimento de salida por el mismo plazo. En aquella oportunidad, la juez justificó la medida a raíz de un intento de Kuczynski de viajar a Estados Unidos pese a la alerta migratoria vigente. Además, sostuvo que el exmandatario podría no haber cumplido adecuadamente ciertos deberes de conducta, como el control biométrico y la documentación que respalde sus actividades mensuales, requerimientos que fueron cuestionados por su defensa.


El incidente del 8 de junio se produjo cuando Kuczynski intentó abordar un vuelo desde el Nuevo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez hacia Estados Unidos. Personal de la Fiscalía de Lavado de Activos intervino y levantó un acta detallando el intento de salida, lo que precipitó la reconsideración y evaluación urgente de la medida de impedimento. La audiencia se adelantó de manera extraordinaria a solicitud de la Fiscalía, que argumentó el riesgo de fuga y el posible impacto en el avance de las diligencias.


Desde el ámbito judicial, la defensa del exmandatario sostiene que el viaje tenía fines médicos y que no buscaba eludir la justicia. Sin embargo, el Ministerio Público sostiene que, en el marco del proceso, cualquier desplazamiento internacional requiere autorización judicial previa, conforme a las reglas de conducta y al procedimiento en curso.


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Este episodio se añade a la crónica de medidas cautelares que han acompañado a la investigación, subrayando la tensión entre la necesidad de garantizar la continuidad de las pesquisas y el derecho del investigado a la libre movilidad. A la espera de nuevos movimientos procesales, la resolución de la Tercera Sala Penal Nacional marca un hito en la dilatada revisión de las responsabilidades del expresidente en un contexto de presunta irregularidad en aportes a su candidatura y en la gestión de su partido político.


En la cobertura de un caso de alto perfil como este, las autoridades han destacado la importancia de la claridad en los procedimientos y la observancia de las garantías procesales. La noticia continúa desarrollándose mientras se esperan nuevos pronunciamientos judiciales y posibles derivaciones en la investigación.

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